La Ley 30230 modificó la exigencia de la elaboración y aprobación de EIV (de edificación) para Lima Metropolitana. Se ha publicado un proyecto de reglamento de dicha Ley (R.M. 063-2015-VIVIENDA) el cual complementa con un término que puede resultar contraproducente por la redacción. El RNE debiera ser modificado para que el impacto sea controlado, tanto en el embarque y desembarque de pasajeros; y punto de control de ingreso. Mi propuesta de mejora del RNE lo dejo a consideración. Ley 30230 Propuesta personal de mejora del Reglamento Nacional de Edificaciones Mención de la exigencia de EIV en el proyecto de reglamento RM 063-2015-VIVIENDA (Proyecto de Reglamento que modifica los DS 008-2013-VIVIENDA y DS 012-2013-VIVIENDA
Buenas noches, el día de hoy tengo como objetivo mostrar algunos conceptos sobre este tema desde la óptica de un arquitecto. Como profesional que también se dedica a la investigación y docencia desde hace 14 años, puedo asegurar categóricamente que el tema de la calidad de aire no suele ser considerado en nuestro quehacer profesional, en principio porque normalmente partimos de un terreno que condiciona nuestro deseo natural de elegir la ubicación y por ende del entorno inmediato con el cual se ventilará, y además porque ignoramos cómo los materiales con los cuales construimos, aportan elementos contaminantes. En mi caso particular, el hecho de ser hijo de dos médicos, marcó desde siempre una innata inclinación a encontrar la relación entre la arquitectura, la salud y los sistemas naturales. Mis exalumnos y colegas que me conocen podrán dar fe de ello. En primer término tenemos que puntualizar que los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para el Aire han sido establecidos e...
Comparto la ordenanza 2087-MML, la cual deroga la 1268, 1404 y 1694 -MML. Cambios que resaltan: La SETT-GTU solamente se queda con los monitoreos y los EIVs pasan a la SPHU de la GDU. Por lo demás, la MML sigue incurriendo en el error, no puede exigir más de lo que el RNE prevé, siguen insistiendo con requerir EIVs para vivienda, hospedaje y salud. Si un proyecto se ubica en el área de influencia de una intersección en estudio (quizá un intercambio vial proyectado), tendrá que presentar un EIV al margen si se trata de una "bodeguita". Hasta ahora no se ve un grado de reflexión suficiente, ésto desde la ordenanza N° 1404. En realidad el problema vial es de arquitectura, y ahí es donde se debe resolver, solamente que se debe considerar: • Dispositiv os de Control del Tránsito Automotor para Calles y Carreteras, aprobado por RD Nº 16-2016-MTC/14 (31.05.2016) • Diseño Geométrico (DG-2018), aprobado por RD N° 03-2018-MTC/14 (30.01.2018) Bueno, no será posible su aplic...
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